-Cap.102:(Educ.Especial)-Del Escalafón. Correo
ESTATUTO DEl DOCENTE DE CHACO

CAPITULO CII DEL ESCALAFON 

Artículo 281º) Para el personal de los establecimientos y servicios de educación especial se establecen los siguientes escalafones:

A)
1 - Maestro de grado o sección, maestro auxiliar, maestro con funciones de secretaría o maestro bibliotecario de escuelas      para ciegos
2 - Director de escuela de 3ra. categoría
3 - Director de escuela de 2da. categoría
4 - Director de escuela de 1ra. categoría
5 - Supervisor escolar de modalidad asistencial

B)
1 - Maestro especial de educación física, plástica, música, expresión corporal, orientación manual u otra especialidad que      se incorpore a la planta funcional

C)
1 - Maestro de taller o pre - taller
2 - Jefe de talleres de adaptación y capacitación laboral

D)
1 - Fonoaúdiologo, psicopedagogo, asistente educacional, psicólogo, asistente social, kinesiólogo, terapeuta ocupacional,      médico, musicoterapeuta, psicomotricidad u otra especialidad profesional que se incorpore a la planta funcional
2 - Asesor técnico de especialidad profesional
3 - Jefe de departamento de diagnóstico, derivación y asesoramiento.

Las Normas, Leyes y Reglamentaciones que figuran en este sitio, fueron recogidas por nosotros o enviadas por cooperadores voluntariamente. Le sugerimos que las tome como "modelos" -salvo expresa indicación- pues las mismas pueden ser modificadas y no siempre estarán actualizadas en el momento

 
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