-Cap.13:Del Acrecentamiento Correo
ESTATUTO DE LA PCIA. DE BUENOS AIRES

ARTICULO 69°: El personal docente que reviste en horas-cátedra podrá solicitar acrecentamiento en el área de incumbencia de título en la que realizó ingreso como titular siempre que:
a) Reviste un servicio activo total o parcialmente en las horas-cátedra sobre cuya base solicita acrecentamiento.
b) Hubiera merecido una calificación promedio no inferior a seis (6) puntos en cada uno de los dos (2) últimos años.
c) No reviste como titular en el número máximo de horas-cátedra previsto en el artículo 28°.
d) Cumpla con los requisitos de títulos y capacidad psico-física exigido para el ingreso en la docencia.
e) Hubieran transcurrido dos (2) movimientos, después del último acrecentamiento otorgado.
ARTICULO 70°: (Texto según Ley 10.614) Las vacantes que correspondan cubrir mediante acrecentamiento se distribuirán de acuerdo con los siguientes porcentajes:
a) Sesenta (60) por ciento para los docentes con menos de doce (12) horas-cátedra titulares.
b) Veinte (20) por ciento para los docentes con menos de dieciocho (18) horas-cátedra titulares.
a) Veinte (20) por ciento para los docentes con dieciocho (18) o más horas-cátedra titulares.
En caso de que los porcentajes asignados a cada ítem excedan las necesidades, las vacantes se distribuirán proporcionalmente entre los ítems restantes.

ARTICULO 71°: Los acrecentamientos se realizarán en el movimiento docente, con la periodicidad establecida para el ingreso en la docencia.

ARTICULO 72°: El tribunal de clasificación otorgará en acrecentamiento entre cinco (5) y diez (10) horas-cátedra, respetando los porcentajes establecidos en el artículo 70°, el orden de méritos de la clasificación y la solicitud del docente, salvo que las horas-cátedra vacantes en el Distrito no permitan otorgar el mínimo establecido.

ARTICULO 73°: El docente que renuncie a un acrecentamiento solicitado y otorgado, no podrá aspirar a nuevo acrecentamiento en el siguiente movimiento.

Las Normas, Leyes y Reglamentaciones que figuran en este sitio, fueron recogidas por nosotros o enviadas por colaboradores espontáneos. Les recordamos que las mismas pueden no estar actualizadas

 
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