-A los Docentes Correo
ESTATUTO DE ENTRE RÍOS

 

Con la  realización del presente trabajo pretende ofrecer una visión del contenido original del Estatuto del Docente Entrerriano, aprobado por el decreto Ley Nº 155 del 09 de Mayo de 1962, transcripto en la primera mitad de cada hoja, y también de las modificaciones, ampliaciones y aclaraciones dispuestas por leyes, decretos, reglamentos y resoluciones que se han citado y de las cuales se han transcripto, solamente las secciones resolutivas, en la segunda mitad de cada hoja. Quedaron los espacios en blanco para agregar, en el futuro, nuevos aportes al contenido original del estatuto, si así aconteciere.

La Ley Nº 40 65 y su modificatoria Nº 4221, mencionadas en el Estatuto del Docente Entrerriano, fueron dejadas sin efecto (excepto los artículos 54º; 55º; y 56º, hasta tanto se lleve acabo la reestructuración del Tribunal de Disciplina) con el dictado de la Ley Nº 4726 que tampoco está vigente. Por lo tanto, puede resultar ilustrativo consultar las mencionadas leyes con el único propósito de apreciar cuáles eran los alcances que las mismas tenían respecto de lo dispuesto en el Estatuto. ?


Profesor: Juan José González


PARANA, Enero de 1986             
Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos                                       
Seccional Paraná

Las Normas, Leyes y Reglamentaciones que figuran en este sitio, fueron recogidas por nosotros o enviadas por colaboradores espontáneos. Les recordamos que las mismas pueden no estar actualizadas

 
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